La Corte Suprema de Justicia asestó un duro golpe a Tabacalera Sarandí, la empresa liderada por Pablo Otero, conocido como el "Señor del Tabaco". Un fallo unánime declaró constitucional el impuesto mínimo al tabaco, revirtiendo una decisión anterior y obligando a la empresa a saldar una deuda millonaria con el Estado.
Fin a una Larga Disputa
Este fallo pone fin a una prolongada batalla legal entre Tabacalera Sarandí y el Estado Nacional por el impuesto interno al tabaco. La Corte Suprema revocó una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había declarado inconstitucional el impuesto interno mínimo fijado por la ley 27.430 para productos de tabaco.
Según fuentes oficiales, el "Señor Tabaco" adeuda más de USD 1.000 millones por un impuesto que no pagó desde 2018, cuando se sancionó la ley que regulaba los tributos al sector. La disputa se originó cuando Sarandí cuestionó los artículos de la ley que establecen un monto mínimo para el tributo, argumentando que afectaba desproporcionadamente a sus productos más baratos.
Los Argumentos de la Defensa
La empresa, que comercializa marcas como Red Point, West, Master y Kiel, alegaba que el aumento de impuestos internos al tabaco dispuesto durante el gobierno de Mauricio Macri encareció sus productos y la dejó en desventaja frente a las multinacionales. En 2022, la Cámara le había dado la razón, declarando inconstitucional la norma por generar un trato desigual.
La Decisión de la Corte
Sin embargo, la AFIP y Massalin Particulares apelaron ante la Corte, que ahora falló a favor del Estado. Los magistrados señalaron que Tabacalera Sarandí no pudo probar la afectación al derecho de propiedad ni la irrazonabilidad de la Ley de Impuestos al Tabaco. Además, desestimaron una maniobra de Otero para ganar tiempo, al no presentar comprobantes de adhesión a un régimen de regularización de pagos.
La Corte argumentó que los jueces no deben evaluar impactos económicos de impuestos, ya que eso requiere estudios técnicos complejos y pertenece a otros poderes. Este fallo marca un precedente importante en la política fiscal y la regulación del consumo de tabaco en Argentina.